Semarnat cierra la puerta a proyectos mineros
La dependencia publicó en el DOF un acuerdo que prohíbe otorgar nuevos permisos ambientales para actividades de exploración, explotación y beneficio de minerales dentro de reservas federales
Redacción – Dimensión
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) prohibió el otorgamiento de nuevos permisos ambientales para proyectos mineros dentro de las Áreas Naturales Protegidas (ANP), con lo que cerró la puerta al desarrollo de estas actividades dentro de reservas naturales federales.
A través de un acuerdo publicado este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia instruyó a sus funcionarios a no otorgar autorizaciones, permisos, registros o licencias para realizar actividades de exploración, explotación o beneficio de minerales en reservas naturales de competencia federal.
La decisión significa que ya no será posible obtener la autorización ambiental necesaria para desarrollar nuevos proyectos mineros dentro de estas áreas protegidas, incluso si la empresa interesada cuenta con una concesión minera otorgada antes de la reforma a la Ley de Minería de 2023.
Aunque una empresa haya recibido ese título años atrás, deberá cumplir con la legislación ambiental vigente cuando solicite los permisos para iniciar obras, y esos permisos ya no podrán concederse si el proyecto contempla actividades mineras dentro de estas zonas protegidas.
La medida se deriva de una resolución emitida el pasado 3 de julio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que determinó que las reformas aprobadas en 2023 a la Ley de Minería y otras leyes ambientales no violan el principio de irretroactividad. Es decir, la Corte concluyó que las empresas con concesiones otorgadas antes de esos cambios también deben cumplir con las nuevas reglas cuando soliciten autorizaciones ambientales, ya que una concesión minera no representa un derecho adquirido para obtener esos permisos.
El acuerdo también establece que ningún servidor público de la Semarnat podrá autorizar proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental que contemplen actividades de exploración, explotación o beneficio de minerales dentro de Áreas Naturales Protegidas federales.
Además, mantiene la prohibición de autorizar la disposición final de residuos mineros y metalúrgicos en estas reservas, así como en humedales, cauces y zonas federales de aguas nacionales, debido al riesgo que representan para los ecosistemas.
Uno de los cambios más importantes es que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) tendrá un papel más relevante en la revisión de estos proyectos. A partir de ahora, toda solicitud de evaluación de impacto ambiental relacionada con actividades mineras deberá notificarse de inmediato a la Comisión, que elaborará un informe técnico obligatorio para que la Semarnat determine si el proyecto afecta una o más ANP.
El acuerdo también establece que la revisión no se limitará únicamente a los proyectos ubicados dentro de una reserva. Si una mina se pretende construir fuera de los límites de un Área Natural Protegida, pero existe la posibilidad de que sus actividades generen impactos sobre ella, la Conanp también deberá emitir un estudio técnico para la decisión final de la Semarnat.
El acuerdo entrará en vigor mañana y las solicitudes de evaluación de impacto ambiental que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las nuevas disposiciones, mientras que quienes cuenten con autorizaciones ambientales otorgadas antes del 8 de mayo de 2023 y aún no hayan presentado el programa previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente tendrán un plazo de 15 días hábiles para iniciar ese procedimiento ante la Semarnat.
La semana pasada, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró temporalmente dos predios en Sonora donde detectó extracción de oro sin contar con la autorización en materia de impacto ambiental que exige la legislación ambiental.
Las inspecciones se realizaron tras denuncias ciudadanas. En ambos casos, los responsables no pudieron acreditar el permiso que emite la Semarnat para desarrollar este tipo de proyectos, por lo que la Procuraduría suspendió las actividades mientras determina las responsabilidades correspondientes.
La autorización de impacto ambiental es el instrumento mediante el cual la Semarnat evalúa si un proyecto puede generar afectaciones sobre los ecosistemas, el suelo, el agua o la biodiversidad y, en su caso, establece medidas para prevenir o reducir esos impactos antes de que la obra inicie.
Precisamente ese permiso es el que el nuevo acuerdo prohíbe otorgar cuando se trate de proyectos mineros dentro de Áreas Naturales Protegidas de competencia federal.
