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SCJN prohíbe reducir salarios eliminando nómina complementaria

Redacción – Dimensión

Los patrones no pueden reducir los salarios de sus trabajadores mediante la eliminación de la “nómina complementaria” si esta es habitual, determinó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al aprobar con ocho votos el proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, la Corte concluyó que el derecho al salario comprende todas las percepciones que, en los hechos, constituyen una retribución habitual por el trabajo y resultan indispensables para garantizar una vida digna.

El asunto fue analizado por el amparo de una trabajadora de una universidad pública de Chiapas contra la reducción de su salario, luego de que la institución sostuvo que la nómina complementaria no formaba parte del contrato colectivo. La Corte revocó la negativa de amparo de tribunales menores y ordenó emitir una nueva resolución.

“Aquí lo grave es lo siguiente, puede decir en este caso el patrón que era una prestación extralegal y que no formaba parte de las prestaciones que estaban contenidas dentro del contrato colectivo y pareciera que dijera, pues se lo dije, se lo pagué, le pagué en exceso, en demasía por buena gente, pero en realidad, también hay un principio que señala que nadie puede alegar en su beneficio su propia negligencia”, dijo el ministro Irving Espinosa Betanzo.

Durante la discusión, el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, advirtió —sin lograr modificar el criterio— sobre el riesgo de que los tribunales ordenen el pago de salarios complementarios con recursos públicos únicamente bajo el principio de realidad laboral, incluso cuando existan montos fuera de toda lógica o posibles irregularidades en su origen.

“Mi punto a lo mejor va a un extremo que puede no ocurrir o, estamos en México, y puede sí ocurrir. Si estamos frente a un salario, pues totalmente fuera de toda lógica y solamente por principio de realidad, pues convalidamos ese monto y obligamos a, en este caso, la universidad, pero puede ser cualquier otro trabajador, o sea, si estamos frente, a lo mejor introduzco otro elemento ¿no? que es un salario producto de un acuerdo, de una cuestión ilegal, si bajo el principio de realidad vamos a confirmarlo” dijo.

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