Nacional

Corte ordena agilizar preliberaciones

*Pide crear un plan para combatir sobrepoblación carcelaria

Redacción – Dimensión

En un fallo sin precedentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este miércoles a las autoridades del Estado de México tomar medidas inmediatas contra el hacinamiento y la sobrepoblación carcelaria en el penal Neza-Bordo de Xochiaca, entre ellas impulsar beneficios preliberacionales, instrumentar un plan de acción y rendir informes periódicos de cumplimiento ante un juzgado.

Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, que amparó la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) y le reconoció interés legítimo para impugnar las condiciones de Neza-Bordo, lo que también le abre la puerta para combatir omisiones similares en otros centros de reclusión del país.

“El hacinamiento se equipara a tratos crueles, inhumanos y degradantes, lo que conlleva la violación de otros derechos involucrados de una población penitencial”, dijo el ponente.

De acuerdo con reportes oficiales que cita el proyecto, para noviembre del año pasado el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl-Bordo de Xochiaca albergaba a 5 mil 823 internos en un espacio con capacidad para mil 834, una sobrepoblación de 217.5 por ciento.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que este diagnostico permite a la Corte poner en el debate constitucional la situación de “las personas a quienes una sentencia judicial privó de su libertad, pero no de su dignidad humana”

“Ese número no es una mera estadística, pues detrás de cada número hay una persona con nombre, con familia, con historia, con derechos que el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar. La magnitud del problema no puede subestimarse”, señaló.

Durante el debate, el ponente aceptó la propuesta del ministro Irving Espinosa Betanzo de ordenar a la autoridad penitenciaria evaluar cada caso para determinar si los internos pueden acceder a beneficios previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal que contribuyan a reducir el hacinamiento, como la libertad condicionada o anticipada.

“La propuesta que se hace no consiste en ordenar la liberación indiscriminada de personas privadas de la libertad ni en sustituir a las personas juezas de ejecución penal en la decisión que corresponde adoptar en cada caso. No proponemos asumir que todas las personas recluidas cumplen con los requisitos para obtener algún beneficio. Lo que sí consideramos es que es posible, como parte de las medidas para remediar la situación de hacinamiento, es que las autoridades responsables ejerzan sus facultades establecidas en la propia ley”, aclaró Espinosa.

Por otra parte, la ministra Lenia Batres, aunque votó a favor del proyecto, se opuso a reconocer el interés legítimo del órgano especializado de la Defensoría Pública por considerar que no puede asumir la representación de los internos sin siquiera conocer su opinión.

“Yo no estoy segura que el Instituto de Defensoría Pública, sin mediar ni siquiera opinión de los propios internos, se adjudique el interés legítimo a través de la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos para representarlos. No obstante, si esta soberanía decide que, pues, sí tiene interés legítimo, pues estaré opinando en favor del proyecto”, dijo.

El Estado de México es la entidad con mayor concentración penitenciaria del país. Aunque el fallo se centra en el penal Neza-Bordo, la Corte también responsabilizó, en el ámbito de sus competencias, a la gobernadora Delfina Gómez, la Secretaría de Seguridad estatal, la Subsecretaría de Control Penitenciario y la dirección del centro penitenciario.

Estas autoridades deberán cesar de inmediato las omisiones que agraven el hacinamiento, diseñar de manera conjunta, en un plazo máximo de seis meses, un plan multidisciplinario y rendir informes trimestrales de avances al Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de México.

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