Opinion

Caldero Político

Lineamientos del INE para aspirantes presidenciables

Juan Ángel MAGAÑA HERNÁNDEZ/Analista político

El pasado miércoles de la semana pasada, el Consejo General del INE aprobó por siete votos de consejeros a favor y cuatro votos en contra, los lineamientos que tendrán que seguir los aspirantes presidenciables de los dos bloques, es decir, de quien resulte ser Coordinador de defensa de la Cuarta Transformación para el 2024, y del Bloque opositor del Frente por México para este mismo proceso del 2024.

Estos lineamientos tienen como objetivo regular y fiscalizar los Procesos Políticos para salvaguardar los principios de equidad, imparcialidad, neutralidad y legalidad de cara al Proceso Electoral Federal 2023-2024. En estos dos procesos que se vienen llevando a cabo, estos se definen como el conjunto de actos, actividades y propaganda que realizan los partidos políticos y cualquier persona cuya naturaleza y finalidad sea establecer una estrategia encaminada a posicionar y/o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral, así como aquellos otros procesos que sean similares.

La fiscalización de los Procesos Políticos estará a cargo del INE, a través de la Comisión de Fiscalización y de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF), la cual se realizará de manera especializada, adecuada, expedita y apegada a los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y rendición de cuentas. Los sujetos que estarán siendo fiscalizados en estos dos Procesos Políticos son los partidos políticos nacionales (PPN), los aspirantes presidenciables inscritos en dichos procesos y, en su caso, las demás personas aportantes. El periodo sujeto a fiscalización iniciará con el acuerdo o convocatoria para la celebración del Proceso Político y concluirá con la publicación de los resultados o declaración final. Los gastos que realicen los Partidos políticos para estos procesos con recursos para actividades ordinarias permanentes y las aportaciones de la militancia y simpatizantes durante el ejercicio de que se trate, forman parte del gasto ordinario. Los partidos políticos deberán establecer los topes de gastos que cada aspirante inscrita en su Proceso Político interno, podrá aplicar a los gastos directamente vinculados a ella. En ningún caso, los topes que se establezcan serán superiores a la cantidad de 34 millones 370 mil 666.00 pesos por aspirante.

Sobre la propaganda política como espectaculares, pinta de bardas, mensajes televisivos, radiofónicos y en las páginas web en redes sociales, esta propaganda No debe tener como objetivo el respaldo para la postulación de precandidaturas o candidaturas a un cargo de elección popular. En estos lineamientos sobresale también que, es  facultad del Instituto ordenar el retiro inmediato de toda propaganda que contenga elementos de naturaleza electoral o que sean equivalentes, así como aquella que no incluya la identificación del proceso político y, en su caso, de la persona aspirante que violente dichos lineamientos. Este retiro de la propaganda que no cumpla con la normatividad, por contener elementos de naturaleza electoral o equivalentes, o bien omita la identificación del Proceso Político y, en su caso, de la persona inscrita, se realizará dentro de un plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente de la notificación.

En este lineamiento ya hubo las primeras violaciones a la propaganda política, pues la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE); ya determinó que los aspirantes del “Frente Va por México”, Senadora Xóchitl Gálvez, Diputado Federal Santiago Creel, Senadora Beatriz Paredes y el Ciudadano Jorge Luis Preciado; deben bajar publicaciones de sus redes sociales por tener contenido que crean confusión al electorado de cara al proceso federal electoral 2024. Dichas publicaciones están publicitadas en Twitter, Facebook y Tik Tok, y la Comisión de Denuncias y Quejas del INE, ordeno que  deben ser retiradas dentro de las próximas 24 horas.

En estos lineamientos el organismo nacional electoral explícito en ellos, que los actos anticipados de campaña siguen estando prohibidos, reconociéndose que en los dos procesos que están ejecutando actualmente los dos bloques de partidos, son procesos propios de la auto-organización de los partidos políticos, que siguen sujetos a esta prohibición, así como otras conductas ilícitas que podrían afectar la equidad en la contienda. El INE emite reglas del juego más claras, pero sobre todo, estarán fiscalizando la propaganda política que emitan los aspirantes donde no se llame al voto ni a la preferencia política electoral de X o Y aspirante, prevaleciendo la equidad e imparcialidad en este proceso de auto-organización interna.

Mi correo: jamhcom@gmail.com

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