Estado

Quienes laboren en día de descanso obligatorio deben de recibir doble salario: Francisco Javier Pinto Torres

Así lo establece la Ley Federal del Trabajo; no es obligación laborar, en día de asueto

Redacción | Dimensión

Francisco Javier Pinto Torres, subsecretario del Trabajo de Gobierno del Estado de Colima, dio a conocer que este lunes 6 de febrero, es considerado descanso obligatorio, de acuerdo al Artículo 74 la Ley Federal del Trabajo (LFT), en conmemoración del aniversario de la Promulgación de la Constitución Mexicana, que se celebra este domingo 5.

Colima, por su vocación turística, es un estado donde algunos comercios prestarán sus servicios en diversos rubros, a pesar del descanso que marca la ley, por lo que las y los patrones que se vean en la necesidad de pedir a su personal que labore, deberán pagar el doble, por esta jornada.

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda, por el descanso obligatorio, un salario doble, por el servicio prestado”, establece textualmente el Art. 75 de la LFT.

Pinto Torres destacó que es importante recordar que las y los empleadores, así como el personal, que deben de llegar a un acuerdo previo, para evitar malos entendidos y conflictos laborales.

El funcionario estatal invitó a quienes tengan dudas al respecto, se comuniquen al teléfono 312-138-1023 o acudir a las oficinas, en calle Aniceto Castellanos 231, colonia San Pablo, en Colima; al 313-324-1904, o acudir a las instalaciones del Parque Metropolitano, Calle 18 número 242, colonia El Chamizal, de Tecomán, y en el caso del municipio de Manzanillo, llamar teléfono 314-332-1879, o acudir al Complejo Administrativo de Seguridad Cuarto Módulo; de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.

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