Habrá matrimonios colectivos, en La Petatera
No tendrán costo para las parejas contrayentes
Redacción | Dimensión
Como parte del programa de Regularización del Estado Civil de las Personas, el ayuntamiento de Villa de Álvarez y el Patronato de los Festejos Charro-taurinos realizarán la jornada Matrimonios Colectivos 2022, en la Plaza de Toros La Petatera.
Primero, el cabildo villalvarense y después el Patronato de los Festejos, a iniciativa de la alcaldesa Esther “Tey” Gutiérrez Andrade, aprobaron realizar los Matrimonios Colectivos 2022, el próximo 14 de febrero, en las instalaciones de La Petatera.
La alcaldesa explicó que el programa de Regularización del Estado Civil de las Personas del DIF Municipal de Villa de Álvarez, con la jornada de Matrimonios Colectivos 2022, busca brindar certeza jurídica, en cuanto a la convivencia y el patrimonio inherente en la conformación de las familias villalvarenses.
Aclaró que, en beneficio de las parejas del municipio, a quienes participen en la jornada, esto no les representará ningún gasto económico, pues el cabildo de Villa de Álvarez aprobó la tarifa cero, para el pago de su matrimonio.
Las personas de Villa de Álvarez que estén interesadas en regularizar su estado civil, deberán de presentar su documentación, en las instalaciones del DIF Municipal de Villa de Álvarez, en horario de 8:30 a 15:00 horas.
La documentación a presentar es la siguiente:
1.- Acta de nacimiento, original y tres copias de cada contrayente, que sean legibles, sin tachaduras ni enmendaduras.
2.- Certificados médicos e interpretación de los análisis, de cualquier institución oficial de salud, como IMSS, ISSSTE, Cruz Roja Mexicana, y la Secretaria de Salud.
4.- Constancia de pláticas prenupciales, en el Consejo Estatal de Población.
5.- Constancia de soltería, que se expide en el lugar en donde están registrados, requisito que aplica, sólo en caso de no estar registrados en el municipio de Villa de Álvarez.
6.- Copia de identificación oficial vigente, de los contrayentes.
7.- Acta de divorcio original y una copia o resolución de nulidad de matrimonio, si alguno o ambos de los contrayentes fue casado.
8.- Acta de defunción y una copia del cónyuge fallecido, si alguno de los contrayentes es viuda o viudo.