La Corte Constitucional de Ecuador despenaliza el aborto por violación
*Siete magistrados votaron a favor y dos en contra de declarar inconstitucionales los artículos 149 y 150 del código integral penal
QUITO.- La Corte Constitucional de Ecuador falló el miércoles a favor de la despenalización del aborto por violación, lo que permitirá cambiar las leyes que sancionaban esa acción con penas de prisión.
En ese organismo de nueve jueces, siete votaron a favor de declarar inconstitucionales los artículos 149 y 150 del código integral penal, y dos votaron en contra.
El primero de ellos, señala que será sancionado con penas de uno a tres años a quien haga abortar a una mujer que así lo ha consentido y de seis meses a dos años a la mujer que lo ha solicitado, y el segundo permitía el aborto en caso de que la vida de la mujer esté en riesgo o de una violación de una mujer con discapacidad mental.
Un total de siete organizaciones, de mujeres, de feministas y de organizaciones de derechos humanos, presentaron los pedidos ante ese organismo, la máxima instancia acerca de temas constitucionales.
Tras el fallo, la Corte Constitucional tiene dos vías para que su decisión sea respetada: exigir a la Asamblea la reforma de los dos artículos o emitir una sentencia con plazos e indicaciones para la aplicación.
Durante las últimas horas y a pesar de la orden de no realizar reuniones públicas, grupos de organizaciones que se oponían a tal pedido, especialmente religiosos, y de feministas, que apoyaban el requerimiento, llegaron hasta la Corte Constitucional para con tambores, gritos y pancartas defender sus posiciones.